Gobierno dicta nuevas directrices sobre incapacidades médicas a causa del Covid-19

El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo dieron a conocer nuevos lineamientos frente al aislamiento para personas que tengan síntomas de covid-19, así como medidas relacionadas con las incapacidades médicas de quienes deben aislarse.

De acuerdo con la circular, en el caso de las personas que presenten síntomas respiratorios (flujo nasal, dolor de cabeza, malestar general o fiebre) pero no estén priorizados en el grupo que debe realizarse la prueba de covid-19 según los últimos lineamientos de la cartera de Salud (mayores de 60 años y  pacientes con comorbilidades) el médico tratante podrá expedir una incapacidad temporal sin necesidad de prueba diagnóstica.

«Todas las personas sintomáticas de Covid-19, que tengan síntomas como flujo nasal, cefalea intensa en combinación con fiebre o malestar general, que sean síntomas presuntivos de un cuadro de coronavirus con ómicron,  tan pronto presenten síntomas, de acuerdo con los lineamientos del Ministerio de Salud, deben proceder a un aislamiento de 7 días continuos para evitar el contagio hacia otras personas en la comunidad».

Para el personal de salud, especial para los médicos, que en caso necesario deben atender estas personas, «en la circular se les plantea que deben primero indagar si las personas pueden hacer trabajo en casa, en caso de que no puedan hacerlo por motivos de su oficio, se puede expedir la respectiva incapacidad por el periodo de aislamiento sin necesidad de recurrir a la prueba básicamente con el criterio médico y a las condiciones de diagnóstico que se realizan para los «.

El ministro de Salud, Fernando Ruiz, indicó que «Las personas asintomáticas que hayan tenido contacto con personas que hayan sido diagnosticadas, si tienen esquemas completos de vacunación, las dos dosis y la monodosis, no tienen necesidad de aislamiento alguno y pueden continuar sus labores cotidianas, sociales».

Las personas que no tengan esquema completo o no se hayan vacunado deben  proceder al aislamiento y hacerse la prueba para verificar si el diagnóstico es positivo y expedir la incapacidad si la persona, agrego.

El alto funcionario dijo que «es muy importante recordar que no es requerida la PCR o Antígeno como condición de salida del aislamiento o la incapacidad y tampoco las empresas no deben exigir la prueba para el reingreso al trabajo».

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