A través de un comunicado a la opinión pública, la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial del Distrito de Barranquilla aclaró que con relación a la sanción decretada contra este organismo de tránsito, Superintendencia de Transporte, se presentó un Recurso de Reposición y en Subsidio Apelación, por lo que la decisión no está en firme.
Lo anterior obedece a la investigación administrativa que inició contra la entidad mediante resolución No. 2098 del 18 de marzo del 2021, la cual fue fallada en primera instancia mediante Resolución No. 971 de 01 de abril de 2022.
«Aclaramos que la sanción de primera instancia hace referencia única y exclusivamente a “un cargo único que suspende las ayudas tecnológicas usadas en las inmediaciones de la calle 82- 42 F hasta tanto se cumplan con los criterios técnicos definidos”, lugar en el que no existe y nunca ha existido un SAST en funcionamiento, situación que fue aclarada en el escrito de los recursos interpuestos», explicó en su comunicado la Secretaria de Transito y Seguridad Vial.
Argumento también que todos los SAST se encuentran autorizados y en funcionamiento por el Ministerio de Transporte- Agencia de Seguridad vial, lo cual puede ser verificado en la página web de dicha entidad.
Este comunicado se dio luego que se diera a conocer la sanción impuesta por la Superintendencia de Transporte a la secretaria de Tránsito y Seguridad Vial del distrito de Barranquilla y la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena, por incumplir las disposiciones del Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en cuanto a los requisitos técnicos y disposiciones legales para la instalación y operación de los Sistemas Automáticos, Semiautomáticos y otros medios Tecnológicos para la detección de infracciones (SAST), también denominadas, cámaras de fotodetección.